Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados manifiesta «extrema preocupación» por «falencias técnicas y conceptuales» de la actual propuesta constitucional

A través de un comunicado, advirtieron que mantener el texto tal como está implicaría "profundizar y mantener las ya insostenibles críticas al sistema actual, manteniéndonos en deuda con la exigencia del sistema interamericano de contar con una judicatura independiente".

A través de un comunicado público, la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados expresó su «extrema preocupación» por las falencias «técnicas y conceptuales» que presenta la última propuesta de Constitución Política, en lo referido al Poder Judicial.

En específico, se apunta a que el artículo 25 del texto, «que interfiere con la labor de aplicación e interpretación judicial en materia de derechos constitucionales, arriesga erosionar profundamente la tutela judicial efectiva».

«Tanto en la Comisión Experta como en el Consejo Constitucional, ha habido consenso en la necesidad de separar las funciones comúnmente llamadas de gobierno judicial de aquellas que dicen relación con la actividad jurisdiccional, condición esencial de una magistratura orgánica y funcionalmente independiente. Las propuestas del Consejo se alejan de este propósito en lo tocante a la Corte Suprema», advirtieron las y los magistrados.

Siguiendo esta reflexión, indicaron que al entregarle «importantes funciones en la Gobernanza, lo que no solo afecta la independencia interna del Poder Judicial sino que afectará el rol de la Corte Suprema como órgano jurisdiccional y uniformador de jurisprudencia».

En tanto, afirmaron que «en cuanto a la conformación e integración de los órganos, la fórmula propuesta se aleja de las directrices de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa, en materia de independiencia judicial, en el sentido que estos órganos deben ser integrados mayoritariamente por jueces y juezas elegidos por ellos mismos».

En cambio, agregaron, la propuesta impulsada por el Partido Republicano «para el caso de representantes de los jueces y juezas establece un sistema de designación mediante sorteo, a diferencia de lo propuesto para el de ministros y ministras de cortes de Apelaciones y Suprema, donde su representante puede ser elegido entre pares».

«Esta distinción, exclusión o restricción para todos los jueces de primera instancia carece de toda justificación razonable», enfatizaron las y los magistrados, subrayando que este sistema de sorteo «excluye a más del 60% de jueces y juezas de Chile, sin justificación más que la ciudad donde ejercen sus funciones, ya que considera como ‘sorteables’ solo a los jueces y juezas de asiento de Corte con más de 10 años en el cargo».

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