Califican como «triunfo histórico» promulgación de normativa que permite a funcionarios públicos acogerse a Ley de Tutela Laboral

Iniciativa estableció además una indemnización de la que deberá hacerse cargo el servicio infractor, de un mínimo de 6 y un máximo de 11 meses de sueldo.

Por Absalón Opazo

13/11/2020

Publicado en

Chile / Portada / Sindical

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Como un hecho histórico que “rompe con la barrera de la inequidad”, calificó el presidente de la Anef, José Pérez Debelli,  la promulgación de la nueva normativa que permitirá a los funcionarios de sector público acogerse a la Ley de Tutela Laboral en caso de despido por distintas causales.

Esto da cuenta, dijo el dirigente nacional, “de la culminación de un largo anhelo de los/as trabajadores/as del Estado; la discriminación odiosa que se mantenía en materia de recursos jurisdiccionales laborales no solamente era absurda, sino discriminatoria a la luz de los principios del derecho del trabajo”, expresó.

Cabe destacar que se trata de una ley esperada, siendo una jurisprudencia de los tribunales en Chile, ordenando su aplicación en la generalidad de los juicios sometidos a su consideración.

Debelli agrega también que “recoge el trabajo sistemático que hemos acompañado desde Anef, cuando surge desde los senadores Carolina Goic y Juan Pablo Letelier y otros parlamentarios y supera la barrera de inequidad. Para nosotros culmina esta acción que asumimos en el tiempo”.

Respecto del proceso precisó que durante mucho tiempo se aportó en la Comisión del Trabajo del Senado con minutas y debate. “Este derecho consagrado en la ley permite la defensa de derechos que puedan ser vulnerados, como el despido arbitrario, abuso o acoso. Consagramos la culminación de esta ley con un recorrido histórico que se sitúa en una estructura formal para los trabajadores públicos sin excepciones”.

Alcance de la Ley

Esta normativa permite responder legalmente frente a actos de discriminación de cualquier tipo y en cualquiera de sus manifestaciones, ya sea en un despido arbitrario, acoso laboral, calificaciones, y cada vez que en la relación laboral surjan infracciones a derechos esenciales.

La ley además ha establecido una indemnización de la que deberá hacerse cargo el servicio infractor, de un mínimo de 6 y hasta 11 meses de sueldo, estableciéndose como alternativa el reintegro de la víctima a sus funciones públicas.

VER DECLARACIÓN COMPLETA DE LA ANEF AQUÍ

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