Cámara aprobó y despachó al Senado el proyecto que prohíbe el tránsito de vehículos en playas y dunas costeras

El texto de la iniciativa fue objeto de cambios en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incorporándose los humedales costeros dentro de la zona de la prohibición.

Por Absalón Opazo

01/04/2024

Publicado en

Chile / Congreso / Medio Ambiente / Portada

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La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por 96 votos a favor, 13 en contra y 11 abstenciones, las indicaciones hechas al proyecto de ley que prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas y terrenos de playas, así como en las dunas costeras de todo el territorio nacional (boletín 15666).

Recordemos que el texto de esta iniciativa fue objeto de cambios en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incorporándose los humedales costeros dentro de la zona de la prohibición.

De esta manera, la normativa, que busca otorgar protección a la biodiversidad y morfología del borde costero, quedó en condiciones de ser analizada por el Senado.

¿Qué dice el proyecto?

En específico, prohíbe el ingreso y tránsito de vehículos motorizados en las arenas y terrenos de playas, así como dunas costeras del territorio nacional.

Esta prohibición no será aplicable a los vehículos que transiten por caminos públicos, rurales o urbanos, o por vías públicas urbanas, que sean parte en cualquier proporción de una playa, terrenos de playa o dunas costeras.

Asimismo, exceptúa de la prohibición la circulación en el borde costero de vehículos de emergencia, seguridad y fiscalización, así como a aquellos destinados a la vigilancia, mantención, aseo u otras actividades debidamente autorizadas.

La fiscalización de la ley corresponderá a la autoridad marítima, a carabineros, y a las municipalidades, según sus respectivas competencias.

Finalmente, el proyecto en trámite establece que las infracciones se denunciarán, por los organismos fiscalizadores, al juzgado de policía local correspondiente. Dichas infracciones serán sancionadas con multa de 5 unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las otras responsabilidades que corresponda de acuerdo a la ley.

En caso de reincidencia, el costo de la multa será del doble de la sanción preliminar, contemplándose también la opción de suspender la licencia del reincidente entre 2 y 6 años.

Seguiremos informando.

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