Cámara despachó a ley proyecto que aumenta sanciones a quienes porten armas o explosivos en lugares altamente concurridos

La iniciativa, originada por el Gobierno, fue objeto de indicaciones en el Senado: se agregaron entre los lugares altamente concurridos los centros de educación, de salud, estaciones de buses y, en general, todo medio de transporte de carga o personas.

Cámara despachó a ley proyecto que aumenta sanciones a quienes porten armas o explosivos en lugares altamente concurridos

Autor: Absalón Opazo

Por 142 votos a favor, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó al Ejecutivo el proyecto (boletín 15560) que aplica penas más altas a quienes porten armas de fuego o artefactos explosivos en lugares altamente concurridos.

La iniciativa, originada por el Gobierno, fue objeto de indicaciones en el Senado: se agregaron entre los lugares altamente concurridos los centros de educación, de salud, estaciones de buses y, en general, todo medio de transporte de carga o personas.

En concreto, el proyecto dispone que la pena del porte de armas de fuego y sus partes, dispositivos y piezas, realizada sin la correspondiente autorización (que actualmente parte en 3 años y un día), ahora partirá en 4 años y un día.

En cuanto a la pena por portar en lugares altamente concurridos un arma de fuego adulterada, hoy de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo (3 años y un día a 10 años), aumenta a presidio mayor en su grado máximo, esto es, de 15 años y un día a 20 años.

Lo anterior, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que se cometan con esas armas, añade el proyecto.

Lugares

En específico, la norma va dirigida a quienes porten armas de fuego o artefactos explosivos en lugares altamente concurridos, específicamente: la vía pública, edificios públicos o de libre acceso al público.

Se incluyen establecimientos educacionales (públicos o privados), centros de salud (públicos o privados), ferias libres, mercados y centros comerciales. Asimismo, eventos deportivos o espectáculos, o dentro de medios de transporte público, instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles.

También figuran instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica, portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes subterráneos, estaciones de buses y, en general, todo medio de transporte de carga o personas u otros lugares semejantes.

El texto legal manifiesta que se impondrá al responsable la pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo, si ella consta de dos o más grados; o de su mitad inferior, si la pena es de un grado de una divisible.

Sigue leyendo:


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano