Caso Corpesca: Corte de Apelaciones rechazó recursos de nulidad de Jaime Orpis y Marta Isasi por delitos de soborno, cohecho y fraude al fisco

El Tercer Tribunal Oral en lo Penal descartó que existiera algún error en la sentencia que condenara a Orpis a cinco años de prisión preventiva por los delitos de fraude al fisco y a 600 días de presidio por dos delitos de cohecho, así como a Isasi a la pena de 50 días de prisión por un delito de cohecho.

Por Leonardo Buitrago

11/11/2021

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este jueves los recursos de nulidad presentado por la defensa del exsenador Jaime Orpis y de la exdiputada Marta Isasi, (ambos otrora militantes de la Unión Demócrata Independiente, UDI) y la empresa Corpesca, por las condenas resultadas de los delitos de cohecho, fraude al fisco y soborno, ometidos entre 2010 y 2015, enmarcados en el llamado  caso Corpesca.

La defensa había presentado acciones judiciales para anular la sentencia del Tercer Tribunal Oral en lo Penal, argumentando  errores en las condenas.

En este sentido, el tribunal descartó que existiera algún error en la sentencia que condenara a Orpis a cinco años de prisión preventiva por los delitos de fraude al fisco y a 600 días de presidio por dos delitos de cohecho, así como a la exdiputada a la pena de 50 días de prisión por un delito de cohecho.

La medida también fue presentada por la defensa para la situación de Raúl Lobos Torres. En este caso, la Corte también rechazó el recurso de nulidad.

Lobos Torres fue condenado a 541 días de presidio por un delito de fraude al Fisco. Por su parte, la empresa Corpesca, la cual debe pagar una multa de 10.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por los delitos de soborno y cohecho.

Que, en consecuencia, la pretensión que se ha hecho valer no puede ser admitida por cuanto la ley ha determinado la forma en que se adoptan las decisiones en un tribunal colegiado, esto es, por mayoría; regulando  expresamente las hipótesis excepcionales en las que se ha recurrido a la  unanimidad como expresión de su voluntad, sea por la materia a tratar (como ocurre con la decisión sobre la cautelar de prisión preventiva, en delitos sobre conductas terroristas, de acuerdo a lo prescrito en la Constitución Política de la República), o para solucionar la ocurrencia de inhabilidades o ausencias sobrevinientes de alguno de los integrantes de la sala de dichos tribunales orales durante el desarrollo de un juicio, en el caso que prevé el artículo 76 del Código Procesal Penal, imponiendo en este último caso una solución que da cuenta que el ordenamiento procesal prefiere la mayoría de votos para resolver, al disponer la nulidad del juicio oral ante la ausencia de acuerdo entre los dos jueces que quedan, cuando falta uno de sus tres integrantes.”, dice el fallo presentado por la Sexta Sala.

La Sala se pronunció en cada uno de los argumentos presentados por la defensa de los imputados, en especial en el caso de una supuesta transgresión a los principios de la lógica y razón suficiente para arribar a la condena por cohecho.

En este caso, el tribunal sostuvo que “los razonamientos precedentemente reseñados, independientemente si fueran compartidos o no por la defensa de Orpis Bouchon, constituyen reflexiones idóneas que permiten entender dentro de la lógica, la convicción de las juezas de la instancia, cuyas conclusiones no desbordan los márgenes entregados por la ley y, especialmente, las máximas de experiencia, la lógica y los principios científicamente afianzados, demostrando razón suficiente que no contiene imperfecciones”, consignó CNN Chile.

Leer la sentencia completa aquí.

Caso Corpesca

Cabe recordar que la fiscal jefa de Alta Complejidad, Ximena Chong, quien lideró el caso Corpesca -por financiamiento ilegal de campañas políticas y sobornos- pidió al tribunal que Orpis fuera condenado a 11 años tras las rejas; siete años de cárcel por los dineros defraudados al Fisco y otros cuatro años por sus actos de cohecho.

En el caso «Corpesca» se investigaron las triangulaciones de dineros entre las asignaciones parlamentarias de Jaime Orpis y aportes de la empresa Corpesca-del grupo Angelini- a su campaña, y luego las consideraciones que él expuso, sin inhabilitarse, en la Ley de Pesca que se tramitó en el Congreso.

La causa en su contra se originó por la querella de un ex asesor de la otrora diputada Marta Isasi (PRI-Ind), tras la que, en 2013 el Ministerio Público comenzó a indagar la relación de la legisladora con Corpescadurante la tramitación de la Ley de Pesca.

Posteriormente, la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente se encargó de las indagaciones, y se estableció la relación con Orpis en este casos de corrupción que es uno de los más emblemáticos en la historia reciente del país

Desde 2015 en adelante, la Fiscalía reunió 250 pruebas, 103 testigos, 1.117 documentos, así como discos duros con correos y cajas con archivos desde el Congreso y oficinas de la empresa, para determinar cómo el entonces gerente general de la pesquera, Francisco Mujica -condenado en 2018-, pagó dineros a ambos legisladores para que favorecieran a la empresa en la tramitación de esa ley.

Según la acusación de la Fiscalía, Orpis recibió de parte de Mujica una serie de pagos a cambio de favorecer los intereses de la empresa en su rol como senador.

En concreto, los aportes sumaron más de $233 millones y fueron cursados mensualmente al margen del mecanismo legal de financiamiento de las campañas políticas.

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