Firma cada 2 meses y arraigo nacional para ejecutivos de ENAP imputados por contaminación en Concepción y Quintero-Puchuncaví

Juzgado de Garantía de Talcahuano fijó la audiencia de ampliación del plazo de la investigación, para el mediodía del próximo martes 27 de abril.

Por Absalón Opazo

14/04/2021

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El Juzgado de Garantía de Talcahuano dejó sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional y firma cada dos meses a Álvaro Eduardo Hillerns Velasco, Patricia Alejandra Cabalá Leiva, Jorge Andrés Farías Fuentes, Edmundo Nosor Piraíno Suez, Juan Pablo Rhodes Valenzuela y Carlos Andrés Lizana Guerrero, ejecutivos y jefes de área de la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP), imputados por el Ministerio Público como autores del delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal (artículo 291 del Código Penal), ilícito que habrían perpetrado en agosto de 2018, en la ciudad y la comuna de Quintero.

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En la audiencia de revisión de cautelar, la magistrada Antonia Flores Rubilar, acogió la solicitud de las defensas, debido a la imposibilidad de que los imputados firmen mensualmente en oficinas del ente persecutor, las que no están atendiendo público por la contingencia sanitaria. Por lo que las firmas se estamparán, ahora, en la unidad de Carabineros más cercana al domicilio de cada imputado. Además, el tribunal rechazó el alzamiento del arraigo nacional. Asimismo, se fijó para el mediodía del próximo martes 27 de abril, la audiencia de ampliación del plazo de la investigación.

Según el Ministerio Público, los imputados Álvaro Hillerns Velasco, gerente de Refinería Bío Bío; Patricia Cabalá Leiva, jefa de operaciones de ENAP Bío Bío; Jorge Farías Fuentes, jefe del área marítima de ENAP Bío Bío, junto a Joseph Darlington Flores (formalizado en enero de 2020), capitán de marina mercante y a cargo del alije (traspaso) entre los buques Monte Toledo y Cabo Victoria, dentro de la esfera de sus competencias y con infracción de las reglas, coordinaron y llevaron a cabo una serie de acciones destinadas a la descarga de crudo de origen iraní, el 3 y 4 de agosto de 2018, en la Bahía de Concepción, cuya ejecución incluyó la realización de una serie de “venteos”; es decir, la expulsión a presión, desde las bodegas del buque Monte Toledo, de gases contenedores de ácido sulfhídrico (H2S), operación que trajo como consecuencia la propagación indebida de contaminantes peligrosos para la salud, desde la bahía hacia Concepción y Talcahuano.

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En tanto, los imputados Edmundo Piraíno Suez, gerente de la Refinería Aconcagua; Juan Pablo Rhodes Valenzuela, director del Terminal Marítimo de Quintero, y Carlos Andrés Lizana Guerrero, jefe del área terrestre del Terminal Quintero, infringieron las reglas de protección del medioambiente y laborales al drenar el crudo denominado iranian heavy, depositado en uno de sus estanques, lo que generó la emisión de sulfuros que, dadas las condiciones climáticas que imperaban en la zona entre el 17 y 24 de agosto de 2018, se dispersaron y alcanzaron zonas pobladas en Quintero y Puchuncaví, poniendo en riesgo la salud y la vida de sus habitantes.

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