Indignante: Condenan a «un año de observación» a carabineros que golpearon y abusaron de mujer en Rancagua durante la revuelta de 2019

Víctima denunció desde el primer momento haber sido abusada sexualmente, pero el tribunal no consideró su versión y absolvió de dichos cargos al policía involucrado.

El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Rancagua otorgó la remisión condicional a un capitán y un cabo de Carabineros (identificados con las iniciales F.E.B.Z. y L.D.B.Z., respectivamente) por el delito de apremios ilegítimos contra una mujer durante la revuelta social de 2019.

Así, ambos uniformados estarán sujetos a «un año de observación», esto, a pesar de que la víctima denunció, desde el primer momento, haber sido abusada sexualmente por los carabineros, quienes la detuvieron arbitrariamente mientras tocaba su trompeta en la manifestación.

Según se informó, en una decisión «dividida», el tribunal absolvió a F.E.B.Z. del cargo de abuso sexual. Sin embargo, la jueza Carolina Garrido argumentó en su voto de minoría que la versión que entregó la víctima sobre estos hechos «corresponde a un relato consistente, mantenido desde el inicio de la investigación, sin variaciones relevantes».

«No existen imprecisiones ni discordancias en el relato de la afectada y, por el contrario, existe corroboración suficiente de sus dichos, en cuanto a la ocurrencia del atentado sexual denunciado», agregó la jueza.

Recordemos que la detención quedó registrada en un video, grabado por una persona desde un edificio, causando conmoción en el país.

En la sentencia, el tribunal dio por acreditado que el 15 de noviembre de 2019, mientras se registraban manifestaciones en el centro de Rancagua en el marco de la crisis social, los funcionarios policiales F.E.B.Z. y L.D.B.Z. detuvieron a la mujer, que interpretaba música con una trompeta.

«Para concretar su detención, se le dio un golpe en la espalda por el personal de Carabineros, lo que le provocó una caída violenta al suelo», dice la sentencia.

Luego, en el carro policial, L.D.B.Z. realizó una maniobra de estrangulamiento, presenciada y permitida por F.E.B.Z.

De acuerdo con el tribunal, se trató de un procedimiento policial «infundado», en el que «se procedió ilegalmente a la detención» de la víctima.

En este marco, agrega el fallo, «los funcionarios realizaron actos violentos, y abusando de su cargo hicieron uso y aplicaron en forma innecesaria y desproporcionada la fuerza física, causando lesiones a la detenida en su cuello, lo que fue presenciado por el funcionario a cargo de la unidad policial (F.E.B.Z.), sin que adoptase medidas para haberla impedido ni para que cesara».

Una vez conocida la sentencia, desde la sede de O’Higgins del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), que actúa como querellante en la causa, anunciaron que están estudiando en detalle la decisión judicial para analizar las acciones a seguir.

Foto Portada: Captura de video

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