TC acoge requerimiento de hija de Pinochet por millonaria deuda de más de $3 mil millones con Impuestos Internos

Hija del ex dictador adeuda un total de $ 3.301.083.685 al SII, lo cual a su juicio, es "desproporcionado e injusto", y vulnera sus garantías constitucionales.

Por Absalón Opazo

01/03/2023

Publicado en

Chile / Justicia y DD.HH

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Finalmente, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) acogió el requerimiento presentado por Jacqueline Pinochet, hija menor del ex dictador, quien -recordemos- acusó al Servicio de Impuestos Internos (SII) de realizarle un «cobro excesivo» en la deuda que mantiene con dicha institución.

La información, consignada por el diario La Tercera, señala que el escrito presentado por Pinochet plantea que debido al fallo del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago con fecha 30 de septiembre de 2022, mantenía una deuda de $309.015.357, que se incrementó en un 800% con el recargo de intereses y multas en favor del Fisco, obteniendo un monto de $2.498.416.171.

Seguidamente, en el documento se indica que a la cifra inicial adeudada se le sumaron $363.866.985 por conceptos de reajuste, $2.498.416.171 por intereses y $129.785.172 por multas, lo que da como monto final, un total de $ 3.301.083.685, que sería lo adeudado por Jacqueline Pinochet al SII.

En declaraciones al citado medio, los abogados Claudio Wortsman y Daniela Awad aseguraron que esto corresponde «a un aumento artificial y desproporcionado respecto de los créditos que pretende cobrar el Fisco por impuestos de primera categoría, global complementario y a las donaciones, lesionando las garantías constitucionales de doña Jacqueline Marie Pinochet Hiriart».

Esto -añadieron- debido que «pretenden obligarla a pagar una cifra desproporcionada, injusta y abusiva de intereses que multiplican en más de ocho veces la supuesta deuda tributaria y se transforma en una sanción de plano que le produce un despojo sustancial de recursos».

De esta manera, Tribunal Constitucional ordenó detener el procedimiento del SII con la involucrada, con el fin de resguardar la «adecuada sustanciación y resolución del asunto», suspendiendo «por el momento» el pago de la deuda hasta que se resuelva acerca de la admisibilidad del requerimiento.

Foto Portada: Rodrigo Saenz / Agencia UNO

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