Gabriela Calderón: Constituyente diaguita electa recurre a Tricel ante arbitraria exclusión por mala aplicación de corrección de paridad

A pesar de obtener una amplia mayoría en los comicios constituyentes por el escaño reservado diaguita, la candidata Gabriela Calderón acusa irregularidades dentro del mecanismo de paridad de genero que terminaron arrebatándole su escaño.

El sábado pasado, a casi una semana de entregado los resultados por los comicios constituyentes, la candidata perteneciente a la Red Nacional Diaguita de La Serena, Gabriela Calderón, presentó una reclamación ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) solicitando una rectificación de la decisión tomada por el mismo de sustituir su escaño reservado diaguita por el del candidato paritario, Eric Chinga. Esto, en base a la regla de paridad de género en los escaños constituyentes.

Hay que destacar, que según datos del Servel, la abogada serenense resultó ganadora del escaño por el pueblo diaguita con 3.663 votos a favor suyo, lo que representaba un 32,59% del total de votos de su pueblo. Sin embargo, al ser parte de los ocho pueblos originarios que disputaban un solo escaño y al tener estos en total como constituyentes a seis mujeres y dos hombres, se debió aplicar la regla de paridad de género sustituyendo a las constituyentes diaguita y atacameña por sus respectivos alternativos.

Pese a ello, como indicó en un hilo de Twitter el cientista político e investigador asociado al Centro de Estudios interculturales e indígenas (CIIR), Claudio Fuentes, la polémica surgió debido al criterio que el Servel usó para excluir a Calderón por sobre otras candidaturas de pueblos originarios.

De esa forma, a pesar que su candidatura fue una de las que mayor porcentaje de votantes de su pueblo tuvo a favor, esto terminaría siendo desestimado por la entidad electoral aplicando un porcentaje basado en la relación al padrón de pueblos originarios versus votos obtenidos, perjudicando a la candidata diaguita.

Los argumentos en contra de esta decisión

Dentro del recurso de 12 paginas enviado por la abogada serenense al Tricel, se presentan cuatro puntos que desestimarían la decisión hecha por el Servel, siendo el primero de estos, el que nunca se le atribuyó está función al estar dentro de lo que estipula el artículo 33 de la ley N° 18.556 (Ley Orgánica Constitucional sobre el sistema de inscripciones y servicio electoral). Según el documento, en ese artículo queda establecido que ese padrón “no será vinculante con el número de escaños a elegir ni tendrá propósitos distintos que el solo hecho de permitir el voto por candidatos de pueblos indígenas, en el marco del proceso de elección de convencionales constituyentes”.

De hecho, como segundo punto se habla que ni el Congreso Nacional definió una función de este tipo previo a las elecciones, versando en el mismo documento que “la intención de los parlamentarios no fue construir un padrón especial de personas indígenas, sino sólo identificar a las personas que tendrían la posibilidad de elegir votar o no por candidatos indígenas”.

En una línea similar apunta el tercer punto, llegando a criticar la forma que un mecanismo con esa arbitrariedad y poca definición llega a afectar la propia sistematicidad de las normas electorales, siendo que en la mayoría de sentencias y leyes respecto al proceso electoral se privilegia el total de electores por sobre cualquier padrón.

Sin embargo, uno de los puntos más peculiares de esta reclamación es la utilización de material de prensa para justificar la correcta interpretación de los resultados. De esa forma, junto con el recurso se adjuntan notas de prensa de 7 medios nacionales y un medio local de la Región de Coquimbo, usando todos ellos el sistema de votantes totales por sobre el del padrón usado por Servel, dando como ganadora a Gabriela Calderón.

Politólogas aseguran que paridad se aplicó de forma errónea

Tras el envío de la reclamación, distintas voces de la sociedad civil manifestaron su descontento en lo que muchos consideraron un mecanismos para distorsionar los resultados de la candidata diaguita. Este fue el caso de Javiera Riffo, Carolina Garrido y Julieta Suárez de la Red de Politólogas, quienes en una carta al director en El Mercurio hicieron énfasis en como estas decisiones dañan la legitimidad de la convención.

Las politólogas aseguraron que “para la corrección de escaños reservados de pueblos originarios que eligen un solo escaño, como el tamaño del total de votantes varía por pueblo, se debe tomar el porcentaje de votación por sobre los votos emitidos por cada colectividad y no por sobre el padrón“.

«Hacerlo de esta última forma, advirtieron, genera un orden diferente que “distorsiona la noción de candidatura individualmente menos votada que estipula fehacientemente la norma de corrección de paridad”, señalaron.

“Es importante evitar generar interpretaciones que dañen la legitimidad de la Convención que descansa en parte en su carácter partidario y con representación de los pueblos originarios”,indicaron en la declaración.

Otra de las voces que salieron en respaldo hacia la abogada fue la Asociación Nacional de Abogadas Indígenas (ABOIN), quienes publicaron ayer en Instagram un comunicado haciendo notar que esta situación más que una paridad representaba una interpretación por parte del Servel que no se ajusta a los resultados reales.

https://www.instagram.com/p/CPRtyYrJ7mW/

Gabriela Calderón defenderá su triunfo

A través de una declaración publicada en su cuenta de Instagram, Gabriela Calderón agradeció el apoyo recibido por parte de su comunidad y distintas organizaciones.

Adicionalmente, aprovecho de mostrar su compromiso por defender el resultado desde todas las instancias legales existentes, mientras todavía quede pendiente por ver la decisión del Tricel.

«No es la la primera vez que como abogada he debido impugnar decisiones del Estado, que puede equivocarse especialmente en un caso como este, que se aplica por primera vez un mecanismo de equidad de género», afirmó.

https://www.instagram.com/p/CPHO6xCpAA9/

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