Suprema rechazó ampliar plazo para aplicar fallo sobre primas GES e isapres deberán rebajar los planes

La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó acoger un recurso de aclaración de la Superintendencia de Salud, debido a que no existen "puntos obscuros o dudosos que aclarar".

Por Leonardo Buitrago

21/11/2023

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La Corte Suprema rechazó ayer lunes el plazo de seis meses que el viernes pasado solicitó la Superintendencia de Salud para la aplicación del fallo de la tercera sala del máximo tribunal, que en agosto pasado anuló el último incremento del precio de las primas por las Garantías Explícitas de Salud (GES), que fijan las isapres.

El recurso de aclaración tenía por objeto determinar el alcance del fallo, específicamente en aquellos casos no judicializados, como también consultó si es que podía dictar esas instrucciones dentro del plazo de seis meses para la aplicación de las rebajas del valor por las primas GES, lo cual implicaba aplazar la aplicación del fallo en ese lapso.

Sin embargo, ayer la Suprema respondió categóricamente que “no existiendo puntos obscuros o dudosos que aclarar, no se hace lugar a la solicitud“.

Por lo anterior, resaltaron que lo que corresponde a cada isapre es «dar cumplimiento al fallo referido desde la fecha en que la sentencia quedó ejecutoriada», es decir, manteniendo la prima GES del trienio anterior, «sin tener justificación alguna para cobrar, desde entonces, cualquier otra cifra que exceda la anteriormente referida», detalla la resolución.

Asimismo, en lo referente a la actuación que debe seguir el regular, la Suprema estableció que «en estas circunstancias no se advierte una determinación general que deba adoptar la Superintendencia de Salud en el cumplimiento de la sentencia, y la actividad que le corresponde al respecto es instar por el cumplimiento del fallo por la isapres recurrida en los términos dispuestos por esta Corte».

La acción de la Superintendencia se llevó a cabo luego de que un grupo de isapres solicitó que se buscara aplazar la aplicación del fallo por primas GES, ya que a su juicio, tendría efectos inmediatos sobre la estructura financiera del sistema privado e implicaría una significativa reducción de ingresos.

El impacto en los ingresos operacionales mensuales de la industria al aplicar dicha sentencia será una caída promedio de 12,7%, según proyectó el informe que elaboraron los expertos que fueron convocados por la Comisión de Salud del Senado, en el marco de la ley corta de isapres que ingresó el gobierno para poner en marcha el fallo de la Corte Suprema sobre tabla de factores.

No obstante, un reportaje de Interferencia reveló que esta instancia ,estuvo integrada por representantes de la misma la Asociación de Isapres de Chile, de la Fundación Jaime Guzmán, y de los centros de estudios Libertad y Desarrollo, y Espacio Público, entre otros actores.

«Ninguno representa a los cotizantes», afirmó el citado medio, recordando que la Comisión Técnica «calculó la deuda de las Isapres en US $451 millones a pagarse en un plazo de diez años, un monto que se contradice sustancialmente con los US $1.400 millones que había calculado la Superintendencia de Salud».

La semana pasada el presidente de la Asociación de Isapres, Gonzalo Arriagada, advirtió que de aplicarse el fallo GES, en tres meses dichas entidades privadas ya no podrán mantener las coberturas de sus afiliados.

A su juicio, esto ocurriría porque al registrarse esa disminución de ingresos, dentro de unos pocos meses empezarían a incumplir los indicadores legales, lo que significaría, de no existir un aporte de capital de los controladores, la eventual quiebra de alguna isapre.

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