Ratificó así la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia sobre proyecto Mina Javiera.

Corte Suprema anula resolución que autorizó reinicio de faenas de Minera Cerro Bayo en la Patagonia

En fallo unánime, ministros determinaron que en la tramitación y posterior aprobación de la declaración de impacto ambiental de la iniciativa no existieron elementos de juicio que demostraran que el proyecto efectivamente no afectaría el Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad Estepa Jeinimeni-Lagunas Bahía Jara, “por no haber evaluado adecuadamente los eventuales impactos que generaría el vaciamiento de las aguas de la Mina Javiera en la Laguna Salitrosa”.

En votación unánime, este martes la Corte Suprema desestimó los argumentos del Servicio de Evaluación Ambiental de Aysén (SEA) y la Compañía Minera Cerro Bayo (CMBC) en contra de la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia que declaró ilegal la aprobación de la declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto Mina Javiera.  De esta forma el organismo mantuvo a firme la resolución de la corte especializada, obligando a retrotraer el procedimiento al momento previo de la elaboración del Informe Complementario de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (ICSARA), exigiendo nuevos estudios a CMCB.

La DIA, presentada a tramitación en febrero de 2017 y aprobada en agosto de 2018 por la Comisión de Evaluación Ambiental (CEA) de Aysén, busca reiniciar las operaciones de Mina Javiera aledaña a Bahía Jara (en las cercanías de Chile Chico), para lo cual requieren extraer unos 580 mil m3 de agua desde sus túneles abandonados desde 2008 y depositarlos en la Laguna Salitrosa (conocida en el sector también como Salmonosa o Escondida), cuyo volumen actual es de 330 mil m3.  La Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (Codesa), la Agrupación Aisén Reserva de Vida (ARV) y la Corporación Costa Carrera impugnaron infructuosamente por vía administrativa esta decisión, debiendo por ello recurrir al Tercer Tribunal Ambiental con sede en la región de Los Ríos.

En su dictamen el tribunal valdiviano determinó que en la tramitación no existieron elementos de juicio demostraran que el proyecto efectivamente no afectaría el Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad Estepa Jeinimeni-Lagunas Bahía Jara, “por no haber evaluado adecuadamente los eventuales impactos que generaría el vaciamiento de las aguas de la Mina Javiera en la Laguna Salitrosa”. 

El asesor legal de las organizaciones, Erwin Sandoval, se mostró conforme con el fallo.  “Esto desecha uno de los principales y mezquinos argumentos, tanto del titular del proyecto como del SEA, en torno a que la Laguna Salitrosa no sería parte de los objetos de protección del Sitio Prioritario para la Biodiversidad Estepa Jeinimeni-Lagunas Bahía Jara” señaló.   Explicó que por ello la intervención de este cuerpo de agua “tiene que ser evaluado suficientemente en cuanto a los impactos que el proyecto de la Compañía Minera Cerro Bayo puede generar”.  

Este fallo ratifica que “la evaluación de impacto ambiental de la DIA fue deficiente en cuanto a descartar que a este proyecto le fuera exigible un estudio de impacto ambiental, precisamente por afectar el Sitio Prioritario para Conservación de la Biodiversidad Estepa Jeinimeni-Lagunas Bahía Jara” concluyó Sandoval.

Para Marcos Emilfork, abogado de la ONG FIMA que patrocinó a algunos de los requirentes, en el ámbito técnico-legal la sentencia contiene aspectos relevantes para la protección de los ecosistemas.  “Deja establecido que cuestiones como las particularidades físicas de la Laguna Salitrosa, o sus funciones en orden a sostener la vida de los microorganismos que sostienen, a su vez, la cadena trófica para otros organismos, son cuestiones que dicen directa relación con los objetos de protección del sitio prioritario.  En este sentido son cuestiones que se relacionan también con la discusión de fondo de si la evaluación ambiental descartó o no los efectos sobre este sitio prioritario” puntualizó.

Por último, Rodrigo Meneses del Estudio Jurídico LAWen dijo esperar “un cambio de criterio por parte de la autoridad ambiental, que incorpore en su integridad los valores ambientales del sitio prioritario en su análisis y se abra a la participación de las comunidades locales en la evaluación ambiental de estos proyectos”.

La relevancia del fallo radica en que actualmente la minera australiana Equus Mining, que presionó para la redelimitación del Parque Patagonia para favorecer su proyecto Los Domos en El Ceballos, está en proceso de adquisición de la Compañía Minera Cerro Bayo (controlada por la canadiense Mandalay Resources) y sus instalaciones.  Por ello, esta decisión complejiza sus intenciones de comenzar a operar en la zona.

En paralelo, Codesa, la Agrupación ARV y Costa Carrera mantienen ante la Superintendencia del Medio Ambiente denuncias en contra de Equus Mining por no someter a evaluación ambiental sus exploraciones en el área de Los Domos.

Cerro Bayo saltó a la fama nacional cuando a mediados de 2017 dos trabajadores quedaran atrapados en los túneles de la Delia 2, tras sufrir una inundación al ceder sus paredes y vaciarse en sus galerías la laguna adyacente.  Los cuerpos de los operarios nunca fueron encontrados.

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