Prohibicionismo de drogas y Estado penal: ¿hacia el fin de un paradigma?

El prohibicionismo de drogas ha sido una de las políticas que más perjuicios ha generado en el mundo

El prohibicionismo de drogas ha sido una de las políticas que más perjuicios ha generado en el mundo. Su historia nos remonta a la cruzada moral del movimiento temperante que logró la prohibición del alcohol en los Estados Unidos y que hoy se recuerda como un completo fracaso: la corrupción de los funcionarios públicos y la abierta resistencia de los consumidores hizo prácticamente imposible el cumplimiento de esta medida. La prohibición del alcohol no sólo consiguió multiplicar los bares clandestinos, el tráfico ilegal y el gangsterismo en las calles de Chicago, sino también la corrupción entre políticos y dirigentes de ‘sindicatos’ gangsteriles.

La prohibición de alcohol es el antecedente más directo de la actual prohibicionismo mundial de drogas. Este sistema global prohibicionista es un fenómeno contemporáneo, fue a mediados del siglo pasado que Estados Unidos y la ONU promovieron juntas un inédito consenso trans-ideológico de carácter internacional, en plena Guerra Fría, para declara una ‘cruzada global contra las drogas’. Prohibir drogas era una de las pocas cosas en la que todos los gobiernos podían estar de acuerdo.

Una de las explicaciones más aceptadas sobre este consenso es que la prohibición de las drogas ha resultado útil a todos los tipos de gobierno. Para el sociólogo estadounidense Harry Levine la sólo presión de los EE.UU y otros aliados poderosos no puede explicar la aceptación global de la prohibición. “Los gobiernos de todos los tipos, por todo el mundo, han hallado la prohibición de drogas útil para sus propósitos”, y esta utilidad estaría presente en los propios instrumentos de la guerra contra las drogas: “La prohibición de drogas ha dado a todos los tipos de gobierno poderes policiales y militares extra. Las unidades policiales y militares de narcóticos pueden efectuar operaciones encubiertas para investigar casi cualquier cosa – después de todo, casi cualquier persona podría estar metida en el negocio de la droga[i]».

LAS DROGAS COMO CAUSAS DE TODOS LOS MALES

El ‘problema de la droga’ como discurso social ha ligado el consumo de drogas a una serie de problemáticas sociales, de forma que casi cualquiera en cualquier circunstancia puede culpar a la drogadicción, al abuso o hasta el uso de drogas, de problemas de larga data, problemas recientes, o del empeoramiento de casi cualquier cosa o situación. “El robo, el asalto, las violaciones, la vagancia, el fraude, la corrupción, la violencia física, el robo en las tiendas, la delincuencia juvenil, la negligencia, la imprudencia, la promiscuidad sexual, la baja productividad, y la irresponsabilidad en general – casi cualquier cosa, en general – pueden ser y han sido atribuidas a ‘las drogas’. Casi cualquier problema social se dice que empeora –frecuentemente que se deteriora muchísimo – por causa de ‘las drogas’”[ii]

Esta concepción se ha instalado como consecuencia acumulativa de las cruzadas antidrogas y políticas criminalizantes y demonizadoras dirigidas hacia ellas. “La demonización ha investido a las sustancias como si ellas tuvieran más poder de lo que realmente tienen; de forma parecida, ciudadanos y científicos han sido inculcados con la noción de droga ilícita como inherentemente peligrosa, como enfermedad contagiosa”[iii].

Los años transcurridos desde que se iniciara la cruzada mundial antidrogas han permitido definir socialmente a un enemigo sobre la base de criterios de moralidad y de defensa de determinadas costumbres y valores, como la templanza en las campañas anti-alcohol del siglo XIX, o el concepto demonizador de la droga presente en los mensajes dirigido especialmente a los niños y sus padres.

La ‘droga’ se representada como entidad genérica externa a la sociedad que infecta al cuerpo social, un mal capaz de contagiar a los sujetos sanos. Como efecto de ello se produce una identificación de ‘la droga’ como la ‘enfermedad’, lo cual resulta tranquilizador para la sociedad, ya que visualiza como causa de sus problemas a un agente externo, tanto para el cuerpo social como para los propios sujetos que son ‘infectados’[iv].

Esta naturalización del ‘problema de la droga’ impide ver a la sociedad que la visibilización y reconocimiento de éste, ha sido fruto de un trabajo social de creación e imposición de normas. En buena medida somos herederos de las normas prohibicionistas creadas por los ‘emprendedores morales’ de la sociedad estadounidense de fines del siglo XIX[v]. Una élite puritana que como consecuencia de su insatisfacción hacia las profundas transformaciones socioculturales – el paso de la bucólica Nueva Inglaterra a la pujante sociedad urbana-industrial estadounidense – reaccionó negativamente frente a las costumbres de las nuevas minorías inmigrantes[vi].

PREJUICIOS RACIALES

Sobre la base de un esquema circular de razonamiento se vinculó a minorías sociales y raciales con las drogas consideradas peligrosas. Tratándose del alcohol, irlandeses, judíos e italianos fueron tratados como despreciables porque bebían vino o licor, pero bebían vino o licor porque eran despreciables. Para el opio sucede lo mismo, aunque el grupo en cuestión sean los chinos, que para los sindicatos tienen el vicio adicional de trabajar más y por menos dinero.

En el caso de la cocaína son los negros, que pretenden igualdad de derechos con los blancos, y en el de la marihuana serán los mexicanos, cuya irrupción plantea resentimientos análogos a los centrados sobre irlandeses, judíos, italianos, chinos y negros. “Drogas realmente demoledoras que consumen millones de personas, como los barbitúricos, no llegan a simbolizar minorías despreciables y permanecen más de medio siglo como simples medicamentos, libres de estigma social y legal alguno”[vii]

LACONVENCIÓN DE 1961

El actual prohibicionismo de drogas fue formalizado en la Convención Única de las Naciones Unidades en 1961. Sin embargo, fue con las políticas neoliberales de Tachert y Reagan y el fin de los socialismos reales, con las políticas de ajuste estructural de los estados sociales y el predominio desmesurado del capital transnacional sobre las soberanías locales, que la guerra contra las drogas ha alcanzado los niveles que hoy le conocemos.

Como consecuencia de la prohibición, nunca en la historia de la humanidad hemos tenido tantas drogas al alcance de nuestras manos y tantos problemas asociados a éstas: “el incremento del crimen organizado tanto por el tráfico internacional como por el control de los mercados domésticos y de territorios por parte de los grupos criminales; el crecimiento a niveles inaceptables de la violencia que afecta al conjunto de la sociedad y, en particular, a los pobres y jóvenes; la criminalización de la política y la politización del crimen, así como la proliferación de vínculos entre ambos que se refleja en la infiltración del crimen organizado en las instituciones democráticas; la corrupción de los funcionarios públicos, del sistema judicial, del sistema político y, en particular, de las fuerzas policiales encargadas de mantener la ley y el orden”[viii].

TOLERANCIA CERO CON LAS DROGAS

Las políticas de ‘Tolerancia Cero’ o de ‘Mano dura’ contra el delito han extremado el control punitivo del Estado. Para Loïc Wacquant la hiperinflación carcelaria, el crecimiento desmesurado del sector penitenciario dentro de la administración pública, el florecimiento de una industria privada de la prisión son factores que evidencia la política punitiva que hay sobre las familias y barrios desheredados.

El ennegrecimiento de las cárceles y la hiperinflación carcelaria en Estados Unidos no hubiera sido posible sin la aplicación de estas políticas. Leyes federales antidrogas adoptadas desde mediados de los ochentas por las administraciones de Reagan (1986 y 1988) y Clinton (1995),  hicieron de la guerra contra las drogas y el estado de emergencia nacional formas de gobierno destinadas a difuminar el estado providencial y recortar las garantías establecidas por la Constitución estadounidense.

Al respecto, Lorent Laniel afirma que el objetivo oficial de las políticas de encarcelamiento en los Estados Unidos no ha sido la rehabilitación social del condenado, sino su ‘castigo’ (punishment). Las leyes de penas mínimas obligatorias (mandatory minimun laws) actualmente en vigor a nivel federal y en todos los estados, imponen que ciertas infracciones, en particular las relativas a leyes antidroga, se castiguen con penas de cárcel – en detrimento de otras formas de sanción – , y la mayoría estipulan un número mínimo de años de cárcel contraviniendo según la Human Rights Watch (1997) la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre Derechos Cívicos y Políticos y la Convención contra la Tortura y Otros Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos y Degradantes.

La pena mínima obligatoria para infracciones a la ley de drogas calificadas como ‘no violentas’ en la nomenclatura judicial, es equivalente, y en ocasiones superior, a la pena por delitos violentos como asesinato y violación. Estas leyes le quitan al juez cualquier poder discrecional y lo obligan a imponer el mínimo requerido por la ley sin considerar posibles circunstancias atenuantes[ix].

EL CUESTIONAMIENTO DE AMÉRICA LATINA

El cuestionamiento que vemos sobre la política de drogas planteado por algunos ex presidentes de América Latina en la Comisión Drogas y Democracia y de los actuales mandatarios en la Cumbre de las Américas, manifestado el pasado mes de abril en Cartagena, Colombia, nos llama a reflexionar sobre las implicancias del prohibicionismo mundial como paradigma de la política de drogas y sobre el rol que ocupará el Estado como garante de los Derechos Humanos y la Salud Pública, que han sido vulnerados en el actual sistema.

En Chile, la norma de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, Ley 20.000, a través de la suspensión de derechos constitucionales tales como la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada, la proporcionalidad de las penas, el debido proceso, la presunción de inocencia, la igualdad ante la ley, la protección jurídica, la presencia de un tribunal imparcial y el juicio previo oral y público, nos revela algunas de la características de la relación entre la formación reciente de un Estado penal y la actual política de drogas.

Raúl Núñez, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Chile ha interpretado a la Ley 20.000 como una expresión empírica del Derecho penal del enemigo,[x] que “no es otra cosa que considerar que determinados grupos de delincuentes se encuentran fuera del pacto social, y que por lo mismo, pueden ser tratados como no humanos. Esto se puede apreciar claramente en la legislación sobre terrorismo, tráfico y crimen organizado, donde se observa una reducción de las garantías penales y procesales del sujeto inculpado.[xi]

El fracaso de este paradigma punitivo en la regulación del ‘problema de la droga’, pone en evidencia la incompatibilidad del Estado penal en el resguardo de las garantías constitucionales y ubica en el centro del debate la necesidad de recuperar la función social del Estado  – simbolizada por su rol activo en la educación pública, la salud pública, la vivienda y la economía –perdida tras el ajuste neoliberal.

La Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia, esboza la inclusión de la nueva política de droga en el sistema de salud y el sistema educacional, en su declaración manifiesta que “el Estado debe crear las leyes, instituciones y regulaciones que permitan que las personas que han caído en la adicción de drogas dejen de ser compradores en el mercado ilegal para convertirse en pacientes del sistema de salud. Esto, en conjunto con campañas educativas y de información, llevaría a una reducción de la demanda de drogas ilegales y al desplome de los precios de las mismas, minándose de esta manera las bases económicas de este negocio”[xii]

Para avanzar en las políticas alternativas al prohibicionismo, la reflexión sobre el llamado ‘problema de la droga’, debe superar el discurso estigmatizador que dio origen a las políticas que reprimen al consumo y producción de drogas ilegales. Etiquetar a los consumidores de drogas como adictos y criminales, evidencia limitaciones en la comprensión del fenómeno. “No hay que confundir el consumo de drogas, es decir ser un consumidor normal de una droga, con el consumo perjudicial, o, lo que es más grave, una adicción a esa droga. La mayoría de las personas consumen o han consumido alguna droga potencialmente adictiva, legal o ilegal, ya sea por prescripción médica, recreación, experimentación, misticismo, o por otro motivo, y no son adictos y tampoco consumidores perjudiciales. Esto es regla en todas las sociedades”[xiii]

No obstante, la propuesta de sustituir la sanción penal para el consumo y producción de drogas ilegales, por la atención en los servicios de salud y educacionales, es adecuada. El nuevo trato del Estado hacia las drogas ilegales comprende grandes cambios en el paradigma que ha dominado el debate y los discursos sobre drogas, el nuevo modelo debe reconocer la imposibilidad de una “sociedad libre de drogas” y la inconveniencia de acercarse a esta situación, ya que la persecución y prohibición de drogas ilegales, ha limitado enormemente el uso médico de estas sustancias. “Los controles excesivamente rígidos sobre la distribución de sustancias fiscalizadas para usos médicos dificultan un acceso apropiado a fármacos vitales en muchas partes del mundo, socavando así el derecho a la salud de decenas de millones de ciudadanos[xiv]”.

La nueva política de drogas deberá emplear cursos de acción y flujos de información que permitan socializar un diagnóstico crítico a la política prohibicionista, en el marco de una educación pública, centrada en la ciencia y en el respeto a los derechos humanos, de tal manera que siembre el cuestionamiento a la situación actual, para cosechar propuestas ciudadanas y científicas que evalúen los modos de regulación y legalización del acceso y producción de las drogas hoy ilícitas.

Marcos Muñoz Robles & Williams Reyes Castillo

*Sociólogo, Académico de la Universidad de Playa Ancha. Coordinador del Observatorio de Políticas de Drogas y Opinión Pública de Asuntos del Sur; y estudiante de Sociología de la Universidad de Valparaíso. Colaborador en Asuntos del Sur, respectivamente.

 


[i] Levine, H. 2002. “The secret of worldwide drug prohibition. The varieties and uses of drug prohibition”. The Independent Review, v.VII, n.2, Fall 2002, pp. 165– 180.

[ii] Ibid, pp: 170

[iii] Reinarman, C. y Levine, H. 1997. “Crack in America: demon drugs and social justice”. University of California Press. California, pp: 8-9

[iv] Touzé, G. 2003. “Construcción social del ‘problema droga’. De práctica social a delito-enfermedad. Modelos preventivos”. Disponible en: http://pecess.org/docentes/capacitacion/problema-droga/

[v] Becker, H. 2010. “Outsiders. Hacia una sociología de la desviación”. Siglo XXI Editores, México.

[vi] Sinclair, A. 1962. “Prohibition. The Era of Excess”. Little, Brown and Company. United State of America.

[vii] Escohotado, A. 2002. “Historia general de las drogas”, pp: 607

Disponible en: http://es.scribd.com/doc/7345936/Historia-General-de-Las-Drogas-Antonio-Escohotado-eBook

 

[viii] Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia. 2009. “Drogas y Democracia: Hacia un Cambio de Paradigma”

Disponible en: http://www.plataformademocratica.org/Publicacoes/declaracao_espanhol_site.pdf

[ix] Laniel, L. 2003. “Drogas y criminalidad: breve exploración de las relaciones entre las ciencias sociales y la política antidrogas en Estados Unidos”. Sociológica, año 18, número 51, Enero-Abril. UAM-Azcapotzalco, México.

[x] Expresión acuñada por el profesor alemán Jakobs, G (1997) “Criminalización en el estado previo a la lesión de un bien jurídico”. Estudios de Derecho penal, Civitas, Madrid.

[xi] Nuñez, R. 2007. “Las cortes de droga en el sistema procesal penal chileno”. En: Justicia penal y adicciones: tribunales de tratamiento como alternativa a la sanción. Hurtado, P., Valencia, A. (Coordinadores) Fundación Paz Ciudadana, Santiago

[xii] Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia. 2009. “Drogas y Democracia: Hacia un Cambio de Paradigma”, pp: 8 Disponible en:

http://www.plataformademocratica.org/Publicacoes/declaracao_espanhol_site.pdf

[xiii] Jiménez, A. “Cómo consumir drogas sin ser adicto”, pp 11

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