Participación Ciudadana

«Negociación colectiva sectorial» a la CC: la iniciativa popular de norma que busca robustecer atribuciones de trabajadores

Distintos grupos de trabajadores/as organizados buscan avanzar en materia de derechos laborales, sindicales y salariales en la nueva carta magna. Estas demandas que estuvieron presentes durante la revuelta social, y esta iniciativa popular de norma busca robustecer la negociación colectiva sectorial, ampliamente desmembrada en la dictadura. Augusto Pinochet dio el mandato, su ministro del Trabajo, José Piñera, ejecutó la orden.

por: Javiera Torres

Esta iniciativa popular nació el año 2017 a partir de las huelgas que se produjeron durante la última década en el sector financiero. A raíz de esta situación la Confederación Nacional de Sindicatos de la Rama Bancaria, Filiales, Cias. de Seguro y Apoyo al Giro (CONABAN), decidió redactar la propuesta sometiéndola posteriormente a cabildos en los que participaron organizaciones de otros sectores de la economía.  

El objetivo de la iniciativa ha sido desde el primer momento, dar solución a los efectos del vigente “Plan Laboral”, la normativa de trabajo encargada en 1978 por Augusto Pinochet al entonces ministro del Trabajo, José Piñera. Este plan consistió en el dictamen de dos decretos de ley que luego se convirtieron en la base para la creación e implementación del Código del Trabajo en 1987, ambos “claves en la implementación del sistema económico neoliberal en Chile”, según un artículo de Conectados con la Memoria.

El plan consistió a grandes rasgos en la reducción de la negociación colectiva en cada empresa; huelgas sin paralización efectiva; libertad sindical para formar varios sindicatos con pocos integrantes; y la despolitización sindical. En relación a esto el director de CONABAN, Roberto Grandon, asegura que “durante los últimos cuarenta años la negociación colectiva sectorial se ha negado en Chile solo a los trabajadores, porque la verdad es que los empresarios están agrupados en sus gremios y negocian al interior todo lo que después se les niegan a los trabajadores en sus propios sindicatos al interior de las empresas”.

A esto se suma lo explicado por el economista y politólogo británico, Hassan Akram, en el programa del día de ayer de La Voz de los que Sobran: “En economías donde está súper concentrada la producción, existe un puñado de personas que determinan la inversión y ellos pueden hacer huelgas de inversiones o huelgas de capitales, dejando de invertir y con eso afectando el empleo (…), los salarios y el bolsillo de los trabajadores. Mientras, los trabajadores tienen como herramienta esa huelga laboral ultra controlada y obstaculizada por el Código Laboral de José Piñera”.

Los pilares de la iniciativa

Los dos ejes centrales de la iniciativa popular de norma “Negociación colectiva sectorial: una fórmula solo negada a los trabajadores”, son el derecho a huelga solidaria y la negociación colectiva sectorial a todo nivel.

El primer punto, de derecho a huelga solidaria, propone la existencia de libertad sindical para todo trabajador/a y funcionario/a, independiente de su estatuto, a partir del cual puedan fundar organizaciones sindicales tanto nacionales como internacionales y puedan afiliarse libremente a cualquier sindicato de su elección.

A su vez comprende la posibilidad de ejercer el derecho a huelga efectiva y con carácter solidario, es decir, “que todos los trabajadores del sector puedan ser solidarios cuando una de estas empresas esté en problemas o vaya a caer en una huelga. La huelga no es durante la negociación colectiva, sino que es una huelga solidaria que abarcaría todos los problemas de los trabajadores cuando esto se suscite”, explica Grandon.

El segundo apartado, plantea la creación del “Derecho a la Negociación Colectiva Sectorial”, a través del cual todos los/as trabajadores/as agrupados en sindicatos, confederaciones y/o centrales pertenecientes a un mismo sector económico, puedan negociar de manera conjunta las condiciones de remuneración comunes para esa rama de la economía, la participación en las utilidades o gratificaciones legales, la definición de los cargos que ocuparan las empresas del sector y otros beneficios.

Otra novedad, es que las negociaciones tendrían un carácter tripartita, en las que participarían los/as trabajadores/as, los empresarios y el Estado. Este último no jugaría un rol de intermediario sino de negociador directo, sobre todo en materia de exenciones o aportes específicos.

Ambos ejes están en sintonía con el Convenio Nº87 –sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación-, y el Convenio Nº98 –sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva-, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a los cuales Chile ratificó en 1999.

Otros puntos relevantes

El tercer artículo de esta iniciativa estima la creación del “Derecho a la estabilidad en el empleo”, que se opone al artículo 161 del Código del Trabajo, según el cual el empleador puede poner término al contrato laboral por necesidades de la empresa –modernización de la empresa, bajas en la productividad y/o cambio en las condiciones del mercado-.  

Las prácticas antisindicales son comunes en todas las empresas en mayor o menor grado, como sindicato del Parque del Recuerdo nos preocupa mucho, sobre todo a los/as ejecutivos/as de ventas, el despido por necesidad de la empresa que finalmente es una necesidad entre comillas porque no es tal, sino que es un despido injustificado que atenta contra los derechos fundamentales de los/as trabajadores/as”, acusa la presidenta del sindicato Parque del Recuerdo y directora de la Central Autónoma de Trabajadores y Trabajadoras (CAT), Ruth Valenzuela.

También este derecho de estabilidad para los empleos busca poner término a la contratación a honorarios y a la tercerización de los trabajos.

Otro aspecto que incorpora el cuarto artículo de la iniciativa es la posible existencia del “Derecho a una remuneración justa”, según la cantidad y responsabilidad laboral que ejecute cada trabajador/a sin discriminación de género, etaria o sexual.

Se entiende por justa remuneración un salario que le permita a los/as trabajadores/as asegurar a sus familias, garantizando “la satisfacción de las necesidades alimenticias, de vivienda, vestuario, educación, recreación y descanso, la que no podrá ser inferior a las remuneraciones mínimas pactadas en la negociación sectorial la que deberá ser reajustada periódicamente de acuerdo a las variaciones experimentadas por el costo de la vida”.

“Para nosotros tiene una importancia vital porque somos el ejemplo de la desigualdad salarial. Por ejemplo, un trabajador de Las Condes haciendo el mismo trabajo que uno en Cerro Navia, tiene el doble de ingresos y mejores condiciones de higiene, infraestructura y mecanismos para desarrollar bien su labor. Esa es la injusticia que nosotros queremos que se termine. Nos merecemos mejores condiciones, no podemos estar limosneando cada año porque nosotros hacemos un trabajo muy importante para la comunidad”, expresa el presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Recolección, Aseo y Medio Ambiente de Chile (Fensitrambich), Miguel Sánchez.

El camino a la Convención Constitucional

La iniciativa popular de norma de “Negociación colectiva sectorial” ya puede ser votada en la plataforma “iniciativas.chileconvencion.cl”, y se mantiene a la espera de poder conseguir las 15 mil firmas necesarias para poder ser discutida en una de las comisiones de la Convención Constitucional.

Desde los sindicatos, centrales, confederaciones y federaciones de trabajadores/as que apoyan la iniciativa hacen un llamado a los/as trabajadores/as independientes a sumarse, ya que estos también se podrían ver beneficiados si se aprueban las propuestas expuestas. “Nosotros salimos a la calle para pedir estos cambios que no son solo para el área de la salud, para el área financiera y la del cobre, sino que para todos los trabajadores de Chile”, determina la representante del Sindicato Nacional Interempresas de Trabajadores de la Salud Privada del holding Bupa, Clara Moya Tapia.

En paralelo se han acercado a convencionales para que alguno pueda adoptar la iniciativa, de no alcanzar las firmas necesarias, y proponerla como una iniciativa de norma constitucional. “Es imposible que podamos enfrentar la automatización, la globalización y la digitalización de los puestos de trabajo con una regulación laboral que se hizo cuando ni siquiera existían los celulares. Esta iniciativa tiene que quedar en la Constitución, porque si no podemos pasar los próximos 50 años a la buena voluntad de los políticos en materia de derechos laborales y salariales”, urge Grandon.

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