Abogada defensora por fallo que mantiene en prisión preventiva a presos mapuche CAM:  “Se vislumbra el sesgo racial”

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles decidió mantener en prisión preventiva a cuatro presos mapuche de la CAM, pese a que recientemente la Corte de Apelaciones de Concepción había anulado juicio condenatorio y establecido un nuevo juicio, situación que es considerada como un nuevo acto de sesgo racial

Por Seguel Alfredo

15/02/2024

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Decisión del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles de mantener en prisión preventiva a cuatro presos mapuche de la CAM es considerado de “sesgo racial”

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles mantuvo este martes 13 de febrero, sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Esteban Ignacio Henríquez Riquelme, Ernesto Lincoyam Llaitul Pezoa, Ricardo Delgado Reinao y Roberto Villouta Alcamán, acusados por el Ministerio Público como coautores de dos delitos frustrados de homicidio y dos delitos de incendio de camión, uno en carácter de consumado y el segundo tentado, hechos, según la acusación, ocurridos en septiembre de 2021.

La medida se adoptó, pese a que el 9 de febrero, la Corte de Apelaciones de Concepción determinó anular el juicio en cuestión, luego que se acogieran los antecedentes entregados por las defensas de los jóvenes mapuche, ordenando desarrollar un nuevo juicio, por un tribunal no inhabilitado, es decir, nuevos que evalúen las pruebas que tiene el Ministerio Público.

Frente a este hecho judicial, la abogada defensora,  Josefa Ainardi, criticó la resolución del Tribunal Oral en Lo Penal de Los Ángeles respecto a mantener a los acusados en prisión preventiva.

En conversación con Radio y Diario Universidad de Chile reprochó que se acogieran principalmente argumentaciones de la Fiscalía y de la parte querellante:  “Se vislumbra el sesgo racial que siempre hemos alegado y que es parte de todo este engranaje de las instituciones del Estado, no solamente de los tribunales o las fiscalías, es una idea preconcebida que tienen todos estos órganos y que se materializan a través de este tipo de decisiones”, aseguró.

Ainardi también lamentó el que se niegue la aplicación del Convenio 169 de la OIT respecto de los pueblos indígenas, en este caso con la justificación de que se trataría de persecución de delitos comunes y no políticos, lo que en su opinión es un error, puesto que “el tratado internacional no distinguiría en que tipo de delitos deberá privilegiarse otras sanciones en lugar de la prisión”, indicó al medio radial.

En cuanto a la espera de que se determine la fecha del nuevo juicio por el mismo Tribunal Oral en Lo Penal de Los Ángeles pero con otros jueces, la abogada anticipó que insistirán en los argumentos que llevaron a la primera instancia judicial, según señaló Radio y Diario Universidad de Chile .

“Vamos a evaluar con nuestros representados si vamos o no a mantenernos en esa fecha de acuerdo a la estrategia de la defensa que no voy adelantar, pero estamos con toda la fuerza preparándonos como equipo jurídico con las mismas teorías que hemos planteado desde el inicio de la persecución penal, aquí no hay ningún tipo de antecedente determinante para ubicar a estas personas en el sitio del suceso y por lo tanto, no corresponde más que una absolución en un juicio”, concluyó.

Cabe recordar, que el Tribunal de Los Ángeles, había condenado el 16 de noviembre de 2023, a los cuatro miembros de la CAM,a 10 años y un día de presidio como autores de dos homicidios frustrados; 4 años y 6 meses por incendio consumado de camión y 300 días por incendio tentado de camión. Dicha sentencia condenatoria, fue anulada por la Corte de Apelaciones de Concepción por presentar vicios y ordenó un nuevo juicio.

 

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