Tres empresas mineras enfrentan demanda ambiental por extracción y daño de acuíferos de uso ancestral en Salar de Atacama

En el Primer Tribunal Ambiental se realizan los alegatos de término, en la búsqueda por Justicia Ambiental frente a las empresas mineras Escondida, Zaldívar y Albemarle, por la extracción continua del Acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, lo que ha provocado una disminución mayor a la que pueden soportar los sistemas vegetacionales del sector de Tilopozo

Por Seguel Alfredo

15/01/2024

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Daño ambiental provocado por mineras en acuífero del Salar de Atacama

El Consejo de Pueblos Atacameños, informó que este lunes 15 de enero por la tarde,se desarrollan en el Primer Tribunal Ambiental alegatos de término, en la búsqueda por Justicia Ambiental. “Esto debido a la extracción continua y permanente de las aguas ancestrales del acuífero, teniendo por efecto un descenso superior a 25 centímetros del nivel freático, superándose con ello, de forma permanente en el tiempo desde el año 2005, la disminución máxima aceptable que pueden soportar los sistemas vegetacionales de Tilopozo”, informó la organización indígena.

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De acuerdo a su denuncia, “conforme al modelo hidrogeológico, la proyección esperada es que la tendencia de descenso se mantenga hasta el año 2040 y que NO se retorne a valores inferiores al umbral de 25cm, aún después del cese de las extracciones en el acuífero, aproximadamente al año 2200”, señaló y que la acción judicial, se hace “Por la defensa y protección de la madre tierra, las aguas y el territorio Atacameño”.

Mira la transmisión en vivo de los alegatos

La demanda del Consejo de Defensa del Estado

 Cabe consignar, que desde abril del 2022, el Consejo de Defensa del Estado es parte de la demanda ambiental. El propio Primer Tribunal Ambiental informaba: “Se trata de un libelo (D-15-2022)  interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) debido a la extracción continua de recursos hídricos desde el Acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo , lo que ha provocado  una disminución mayor a la  que pueden soportar los sistemas vegetacionales del sector de Tilopozo”.

En el escrito se estipula que el descenso de lo que se denomina nivel freático, es decir, del nivel de agua máximo en relación a la distancia entre el recurso y la superficie, es superior a los 25 centímetros, lo que de acuerdo al CDE, provocó el deterioro grave, permanente e irreparable del acuífero, de las vegas de Tilopozo, de la fauna; y de los sistemas de vida y costumbres de la Comunidad Indígena de Peine.

La conclusión del consejo tiene su respaldo en la revisión de los antecedentes del procedimiento sancionatorio que llevó a cabo la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), además de diversos informes disponibles y, la opinión de órganos sectoriales con competencia ambiental. Para el CDE la extracción de diversas cantidades de agua por parte de las mineras demandadas, habrían provocado un daño que era previsible, toda vez que estaban en conocimiento del límite máximo  de descenso que podría tener el acuífero.

En particular, en lo que dice relación con la responsabilidad de las empresas mineras, el organismo argumenta que existe infracción a las normas sobre protección, preservación o conservación ambientales. “El acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo ha sido explotado durante décadas por Compañía Minera Zaldívar en el sector Negrillar; Albermarle en el sector Tilopozo y Minera Escondida en el sector Monturaqui”, se lee en el escrito.

Además, en el documento se detalla que Minera Escondida habría extraído 1.400 litros por segundo hasta el 2019; Zaldívar, 212,75 litros por segundo proyectados hasta el 2025 (con un caudal autorizado de 500 litros por segundo) y Albemarle, 16,9 litros por segundo hasta el 2041.

Otra de las consideraciones abordadas por el CDE, son las características del Salar de Atacama como una de las cuencas endorreicas salinas más conocidas del mundo “ya que acumula grandes reservas de litio y suministra una buena parte del agua que ocupa en faenas mineras de extracción de cobre, además de contener ecosistemas muy sensibles, por lo que su vulnerabilidad ecológica ha derivado en una serie de estudios por parte del Estado de Chile e investigadores, abarcando desde la geología e hidrología, hasta su particular clima. La interacción de estos y otros factores dan origen a los complejos procesos que forman el Salar de Atacama y sus ecosistemas”.

Finalmente, CDE solicita al Primer Tribunal Ambiental que, no solo se repare el daño ambiental, sino también que las mineras implementen medidas de diálogo y gestión socioambiental; de diagnóstico territorial; así como estudios técnicos, medidas de mitigación de los daños declarados en la demanda; de gestión ambiental del territorio afectado; de mitigación, recuperación y compensación de los componentes afectados; y medidas de difusión y puesta en valor; y toda otra medida que el tribunal determine, además, del pago de las costas del juicio.

Salar de Atacama
La cuenca del Salar de Atacama tiene un área de 18.100 kilómetros cuadrados aproximadamente y el salar del mismo nombre tiene una extensión de tres mil kilómetros cuadrados con un núcleo salino en la parte central y Oeste; además, de costras duras de cloruro de sodio y acuíferos que rodean los depósitos salinos, donde se emplazan los sistemas lacustres.

Puedes leer la demanda en el siguiente link https://causas.1ta.cl/causes/269/expedient/5699/books/216/?attachmentId=9417

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