En plena pandemia condenan a cuatro presos del estallido social: Libertad vigilada y prisión efectiva

Luego de haberse sometido a juicios abreviados, tres de ellos se encuentran cumpliendo condena bajo libertad condicional, mientras que otros lo harán dentro de la cárcel.

El estallido social que vivió Chile desde el pasado 18 de octubre dejó alrededor de 2.500 personas -mayores y menores de edad- presas. Muchos han estado en prisión preventiva mientras dura la investigación por los delitos que se les imputa.

En este contexto y en plena pandemia por Covid-19, los juicios y condenas han comenzado en silencio, dejando a algunos de los detenidos cumpliendo cárcel efectiva, mientras que otros, por medio de juicios abreviados, se encuentran efectuando sus condenas en modalidades menos restrictivas, como libertad vigilada.

Paula Cisterna y Álvaro Martínez fueron detenidos el 16 de diciembre pasado acusados del incendio a la sucursal Providencia de BancoEstado, ocurrido el 6 de noviembre del mismo año. Ambos permanecieron en prisión preventiva desde su arresto en la cárcel de San Miguel y el penal Santiago 1, respectivamente. Durante abril comenzó un juicio abreviado -procedimiento especial que se caracteriza por la aceptación de los imputados de los hechos de los cuales se les acusa- en el que fueron condenados a cuatro años de libertad vigilada.

Esta situación les permitía, cumpliendo con ciertos requisitos establecidos por la ley, que se eliminen las formalidades probatorias del Juicio Oral. Paula y Álvaro no fueron los únicos en someterse a esta instancia.

“Kiwi” –como él mismo prefiere ser nombrado-, detenido el 18 de diciembre de 2019, acusado de la sustracción y el incendio de un bus del Transantiago el 25 de noviembre, también fue condenado a cuatro años de libertad vigilada durante el mes de mayo, luego de haber permanecido cerca de cuatro meses encerrado tras su arresto en el penal Santiago 1.

No todos han corrido la misma suerte. Elías Huenulef, detenido el 14 de noviembre y acusado de quemar un bus interprovincial de la comuna de Melipilla el 28 de octubre, fue condenado a cuatro años de cárcel efectiva más 61 días por el delito de desorden. A pesar de haberse sometido a un procedimiento abreviado -al igual que “Kiwi”, Álvaro y Paula- se le negó la posibilidad de libertad vigilada.

El pasado 13 de mayo, la Fiscalía Metropolitana Oriente presentó las primeras acusaciones por fabricación y lanzamiento de artefactos incendiarios en contra de Carabineros y vehículos de la misma institución. Todas las penas solicitadas por el Ministerio Público serían privativas de libertad, es decir, cárcel efectiva para las cuatro personas a quienes acusa, entre ellas un menor de edad identificado con las iniciales M.R.T., quien arriesgaría 10 años de prisión efectiva.

Foto mitin Coordinadora 18 de octubre

Para las otras tres personas, de iniciales D.V.F., A.D.L. y F.A.H.R., la Fiscalía solicitó cuatro años de cárcel efectiva por la fabricación de bombas Molotov y otros cuatro por cada lanzamiento del que se les acusa, constituyendo cada uno un delito en sí mismo según la Ley de control de armas. Uno de ellos arriesga un total de 24 años en su eventual condena.

En este contexto, es que la abogada de la Defensoría Popular, María Rivera, señaló a Agencia Pueblo que “los presos políticos de esta época han tenido sanciones penales altas, entiendo que ya la prisión preventiva es una condena anticipada. En otro contexto social, las medidas judiciales hubiesen sido distintas. Necesitan que el Estado les ponga atención”.

Rivera además sostuvo que un preso político es aquel que rechaza, enfrenta, se resiste o combate los planes o políticas del gobierno de turno y fue enfática en afirmar que son luchas que se enmarcan en un proceso de reivindicación de los derechos que la sociedad ha perdido. “No hay que olvidar que fue por eso que el pueblo chileno salió a las calles a partir del 18 de octubre en una verdadera revolución”, finalizó.

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