Los lectores deben saber que, conforme a la ley vigente, fuera de los límites urbanos establecidos en los planes reguladores no está permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del terreno, o para las viviendas del propietario de esa explotación y de sus trabajadores.