Máximo tribunal recordó que la reparación es una obligación que pesa sobre un Estado que ha violado los Derechos Humanos, y estableció un error de derecho en la sentencia anterior de este caso, emanada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que acogió la prescripción, lo cual no corresponde por ser un delito de lesa humanidad, y por ende, imprescriptible.