En una nota sobre el crimen de un matrimonio en Graneros, se incluyó "la reproducción nítida y reiterada del momento en que una persona es víctima de agresión, que causa su muerte, escuchándose sus gritos de desesperación y el acto material de su ejecución por disparos de arma de fuego, como sus quejidos inmediatamente posteriores", cuestionó el fallo, recordando que la truculencia en TV -es decir, todo contenido que abuse del sufrimiento, del pánico o del horror- está penada por ley, al igual que el sensacionalismo y la violencia excesiva.